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Ancient Origins España y Latinoamérica

La inquisición española: La verdad tras la leyenda negra (Parte I)

La Inquisición española fue, no sólo una organización polémica, sino también poco y mal conocida por el gran público. Una institución perseguida por una oscura leyenda negra y, como ya se sabe, toda leyenda posee cierto fundamento y parte de falsedad. En este caso la falsedad comienza, por ejemplo, en cuanto a su origen, que no es medieval ni español, como suele pensarse comúnmente.

La muerte en la hoguera fue utilizada cómo método de ejecución ya en el Imperio Romano. Con la progresiva cristianización de Europa se fue fraguando la mentalidad de que la herejía, atentado grave contra la fe, era equivalente al delito de “lesa majestad” (en el que se incurría, por ejemplo, al atentar contra la vida del rey). En el caso de la herejía, se consideraba agraviada la majestad divina. La primera inquisición, la Inquisición Episcopal, fue creada por medio de la bula papal Ad abolendam, de finales del siglo XII, promulgada por el Papa Lucio III como un instrumento para combatir la herejía albigense en el sur de Francia. Cincuenta años después el Papa Gregorio IX creó la Inquisición Pontificia mediante la bula Excommunicamus. Inquisición que ya se estableció en varios reinos cristianos europeos durante la Edad Media. En cuanto a la península ibérica, este tipo de Inquisición sólo se instauró en la Corona de Aragón.

Escudo de la Inquisición Española. La espada simboliza el trato a los herejes y la rama de olivo la reconciliación con los arrepentidos. Rodea el escudo la leyenda «EXURGE DOMINE ET JUDICA CAUSAM TUAM. PSALM. 73», frase en latín que significa: Álzate, oh Dios, a defender tu causa, salmo 73. (Wikimedia Commons)

La Suavidad Represiva Española

En España la caza de brujas fue una “caza menor”. La brujomanía fue de bastante menor intensidad que en Europa, aunque más prolongada en el tiempo. La Inquisición española se mantuvo al margen de la generalizada caza de brujas desarrollada en Europa a finales del siglo XV, a raíz de la bula “Summis desiderantis afectibus”, de Inocencio VIII (1484) y, sobre todo, a raíz de la publicación del “Malleus Maleficarum”, obra de Kraemer y Sprenger (1486), que sentenciaba contundentemente: “Haeresis est maxima opera maleficarum non credere” (la mayor de las herejías es no creer en las brujas). Un caso destacado fue el proceso de Logroño, en que se juzgó a las brujas de Zugarramurdi.

Sólo en el sudoeste de Alemania, de 1560 a 1670, según los datos de Delumeu, fueron ejecutadas 3229 brujas; en Escocia, de 1590 a 1680, 4400 y en Lorena, más de 2000 de 1576 a 1606. Sin embargo, en España la pena más frecuentemente aplicada fue la abjuración de levi, que suponía ser advertido, reprendido, multado, desterrado por un tiempo no superior a 8 años y, con frecuencia, azotado públicamente. De hecho se tiene la certeza de que la Inquisición Española, desde su implantación en 1478 hasta su abolición en 1834 (casi 400 años de existencia), juzgó en total a unas 130.000 personas, de las cuales menos del 2% (menos de 2600) fueron condenadas a muerte. Durante mucho tiempo se ha confundido el número de juicios con el de condenados a la hoguera, publicándose cifras absolutamente disparatadas y erróneas superiores a las 100.000 ejecuciones.

El aquelarre, pintura de Francisco de Goya, Museo Lázaro Galdiano, Madrid, 1797-98. (Public Domain)

La absolución fue frecuente puesto que la tendencia a creer que las supuestas brujas habían bebido vino y que estaban enfermas de modorra era muy significativa. Incluso cuando el procesado de brujería confesaba haber tenido pacto con el demonio, la Inquisición advertía:

que no procede en estos casos por sólo la forma de ser brujos y hacer los dichos daños, si no testifican  de haberlos visto hacer algunos daños, porque muchas veces lo que dicen han visto y hecho les sucede en sueños y juzgan se hallaron en cuerpo y lo vieron e hicieron con los que testifican y les figura el demonio cuerpos fantasiosos de aquellos que dicen vieron sin haberlos visto ni hallándose allí para que hagan esos daños de inflamar en peligro a los que no tienen culpa.”

No se conservan datos de las causas de fe de brujería en toda España, salvo las de Cataluña y Valencia. En este ámbito se observa una clara estructura dividida en cinco etapas diferentes:

-La primera, (1560-1600), registra bajísimas cifras de procesados con medias quinquenales de menos de 8 personas.

-La segunda constituye el punto álgido de la brujomanía en la década de 1600, con un total de 60 procesados en Cataluña y 12 en Valencia.

-La tercera etapa cubre el largo periodo comprendido entre el año 1610 y el 1660, con un ritmo procesal medio de unas 15 víctimas por quinquenio en Cataluña y 12 en Valencia, destacando en el Tribunal de Valencia la total dedicación de la Inquisición en la década de 1610-20 al problema de los moriscos subsiguiente a la expulsión de los musulmanes tras la Reconquista.

- La cuarta etapa abarca la década entre 1660 y 1670 de nueva intensificación en los procesos a brujas: nada menos que 53 en Cataluña en el quinquenio comprendido entre 1665-70.

- La última y definitiva etapa supone el retorno a la habitual cifra de menos de 20 procesados por quinquenio.

Una vez más, hay que recordar que las cifras anteriores se refieren a personas “procesadas”. No se trata de condenados y mucho menos de ejecutados.

Una de las penas más usuales cuando el acusado era condenado culpable consistía en ser "azotado mientras recorría las calles", en cuyo caso, si se trataba de un varón, debía aparecer desnudo hasta la cintura, a menudo montado sobre un asno para que sufriera una mayor deshonra, siendo debidamente azotado por el verdugo con el número señalado de latigazos. Durante este recorrido por las calles, los transeúntes y chiquillos mostraban su odio y desprecio por el hereje lanzando piedras a la víctima.

"Condenados por la Inquisición", de Eugenio Lucas. Siglo XIX, Museo del Prado. (Wikimedia Commons)

Aunque la Inquisición fue creada para evitar los avances de la herejía, se ocupó también de una amplia variedad de delitos. Sobre el total de 49 092 procesados en el período de 1560 a 1700 de los que hay registro fueron juzgados los siguientes delitos: judaizantes (5007); moriscos (11 311); luteranos (3499); alumbrados (149); supersticiones (3750); proposiciones heréticas (14 319); bigamia (2790); solicitaciones (1241); ofensas al Santo Oficio (3954); varios (2575).

La Reforma Protestante

Durante el siglo XVI, la Inquisición se reveló como un eficaz mecanismo para extinguir los escasos brotes de protestantismo aparecidos España. Brotes de los que, curiosamente, gran parte de los protestantes tenían origen judío.

Los principales procesos contra grupos luteranos tuvieron lugar entre 1558 y 1562 contra dos comunidades protestantes de Valladolid y Sevilla. Se celebraron varios autos de fe multitudinarios, algunos de ellos presididos por miembros de la realeza, en los que fueron ejecutadas alrededor de un centenar de personas. Tras el año 1562, aunque los procesos continuaron, la represión fue mucho menor y se calcula que sólo una decena fueron quemados vivos hasta finales del XVI, aunque se siguió proceso a unos doscientos.

Difusión de la Reforma Protestante hacia 1560. En color rosa pálido los territorios con predominio luterano (norte, centro y este de Alemania, países escandinavos y bálticos); en rosa más intenso, anglicano (islas británicas); en amarillo, calvinista (Suiza y núcleos de Francia, Países Bajos, Escocia y Europa Centro-Oriental). Los católicos en azul (Europa Meridional, sur y oeste de Alemania, Países Bajos del sur, Irlanda, núcleos de Gran Bretaña, Polonia y amplias zonas de Europa Centro-Oriental); en verde los ortodoxos (Balcanes, Rumanía y Rusia). (Wikimedia Commons)

Los reyes católicos y la comunidad Judía

La  Inquisición no actuaba contra los judíos. Tan solo actuaba sobre los judeoconversos que mantenían ritos propios del judaísmo. El objeto de la Inquisición era corregir los errores de fe en los católicos, es decir combatir la herejía.

Los Reyes Católicos fueron, inicialmente, favorables a los judíos (al parecer el rey Fernando tenía sangre hebrea por línea materna) y un buen grupo de ellos servía en la Corte. En Castilla y Aragón existían unas 220 aljamas (comunidades hebreas). Los judíos dependían directamente de los reyes, eran protegidos por leyes singulares y aportaban tributos especiales: constituían, sin embargo, una clase de súbditos de segunda categoría.

Como es bien sabido, los sefardíes (judíos españoles) fueron expulsados por los Reyes Católicos en 1492, siguiendo una línea política adoptada anteriormente por otros reinos europeos como Inglaterra y Francia. Concretamente fue el 31 de marzo de 1492, apenas tres meses después de la conquista del reino nazarí de Granada, cuando los Reyes Católicos promulgaron el Decreto de la Alhambra que ordenaba la expulsión de los judíos de todos sus reinos. Bien conocían Isabel y Fernando que su decisión no sería rentable desde el punto de vista económico, ya que muchos judíos se dedicaban al comercio y al mundo financiero. Pero en su postura tuvo gran peso la causa religiosa y social: se temía la efectividad del proselitismo hebreo y se quiso evitar la violencia popular de los acreedores contra las aljamas. La alternativa era recibir el bautismo o el exilio forzoso, elegido por la inmensa mayoría de sefardíes.

Interior de la Sinagoga del Tránsito en Toledo. (Wikimedia Commons)

Es cierto que los sefardíes vivían en barrios especiales y que el IV Concilio de Letrán (1215) instó a que utilizaran una marca externa para distinguirlos de los cristianos, pero la citada marca conciliar se difundió poco por España y tenía carácter religioso, no estrictamente racista.

La cifra de los judíos que salieron de España no se conoce, pero las estimaciones actuales de Henry Kamen estiman que, de una población aproximada de 80.000 judíos, aproximadamente la mitad optó por la emigración. Los judíos españoles emigraron principalmente a Portugal (de donde volverían a ser expulsados en 1497) y a Marruecos.

En 1691, en diversos autos de fe, fueron quemados en Mallorca 36 xuetes o judeoconversos mallorquines. A lo largo del siglo XVIII se redujo significativamente el número de judeoconversos acusados por la Inquisición. El último proceso a un judaizante fue el de Manuel Santiago Vivar, que tuvo lugar en Córdoba en 1818.

Copia sellada del Decreto de la Alhambra (Wikimedia Commons)

Imagen de portada: Auto de Fe en la Plaza Mayor de Madrid. Óleo sobre lienzo de Francisco Rizi,1683. Madrid, Museo del Prado. (Wikimedia Commons)

Autor: Mariló T.A.

Artículo actualizado el 9 de febrero 2023.          

Referencias

Bennassar Bartolomé: Inquisición Española: poder político y control social. Barcelona: Crítica, 1981

Kamen, Henry: La Inquisición: una revisión histórica. Traducción de María Borrás. Barcelona: Crítica, 1999.

José Antonio Escudero: La Inquisición Española. https://www.vallenajerilla.com/berceo/florilegio/inquisicion/inquisicion.htm

Santa Inquisición. https://www.monografias.com/trabajos12/stainqui/stainqui.shtml

Gabriel Bernat: La Inquisición Española. https://www.gabrielbernat.es/espana/inquisicion/

Luis de la Cruz e Inmaculada Badenes: La Inquisición Española https://www.mayores.uji.es/datos/2011/apuntes/fin_ciclo_2012/inquisicion.pdf